El pasado 9 de octubre, la Juez Sexto de Distrito en Aguascalientes, Sonia Hernández Orozco, resolvió un amparo a favor de una niña con cáncer para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le otorgara de nueva cuenta los medicamentos de su tratamiento, que desde hace meses le fueron suspendidos.
Pero no sólo eso, sino que como parte de la sentencia la juez escribió una emotiva carta en la que expresa de forma práctica y sencilla la resolución a la menor de siete años de edad.
“Hola pequeña ‘x’, te escribe ‘x’, la juez que conoce del problema que ha existido para que en el hospital al que acudes, te hagan entrega de las medicinas que necesitas para tu tratamiento, ya que les dicen que no tienes…”.
El texto agrega el difícil proceso que ha pasado la menor (de la que se omite su identidad por respeto a su integridad y datos personales) desde el mes de mayo, cuando el IMSS suspendió la entrega de los medicamentos para el tipo de cáncer que padece, además de resaltar que su derecho a la salud debe ser garantizado por el Estado Mexicano.
“Déjame platicarte, que uno de los muchos derechos con los que cuentas, es recibir las medicinas y la atención médica que necesitas, pues así lo señala el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, quiero decirte que como pequeñita que eres, las autoridades tenemos que respetar tus derechos”.
Derivado de lo anterior, la juez consideró que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) violentó el derecho de la salud de la menor, por lo que se dictó una sentencia para garantizar el abasto del medicamento para que la pequeña pueda retomar sus tratamientos.
“Dicté una sentencia en la que se les ordena que vigilen que la farmacia del hospital al que acudes, se tengan las medicinas que necesitas y que te den todas las facilidades para que puedas seguir con tu tratamiento. Debes saber que estaré al pendiente de que las autoridades cumplan con lo ordenado en la sentencia dictada a tu favor”, concluye la carta, que se agrega a continuación.
Detalles de la sentencia
El juicio de amparo 364/2020-1 representa el segundo procedimiento legal resuelto a favor de niños con cáncer de Aguascalientes, en los que se exige al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se cumpla con el abasto de los medicamentos que desde hace meses les fueron suspendidos por motivos de irregularidades administrativas, desabasto de las farmacéuticas y presuntos actos de corrupción por parte de las empresas que los distribuyen.
En el caso en cuestión, el 1° de julio de 2020 el padre de la menor promovió el juicio de amparo indirecto en contra de la delegación estatal del IMSS en Aguascalientes ante el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, luego de que desde mayo le fue suspendida la entrega del medicamento mercaptopurina, tabletas de 50 mg., que forman parte de su tratamiento oncológico. Al tratarse de un tema urgente, desde ese momento se resolvió la suspensión de plano respecto de los actos reclamados al instituto.
Entre los argumentos presentados por la defensa legal de la niña se resalta que el no otorgamiento de los medicamentos trasgrede el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que el IMSS ha faltado a la obligación de garantizar el suministro completo y oportuno del medicamento que la menor requiere para su padecimiento.
De acuerdo al documento, la menor inició su tratamiento oncológico en enero de 2018. Después de la suspensión de plano emitida por la juez el 1° de julio, al día siguiente la directora del Hospital General de Zona No. 3 del IMSS generó una cédula para la adquisición de compra emergente por paciente específico del medicamento necesario para el tratamiento de la menor.
No obstante, el 4 de julio la directora del IMSS informó al juzgado que se suspendería nuevamente el medicamento de la menor, ya que presentaba plaquetas y neutrófilos bajos, por lo que se solicitó la realización de una transfusión de sangre. Días más tarde se confirmó que la niña había contraído Covid-19.
Tras transitar favorablemente al virus, el tratamiento de mercaptopurina se reanudó el 20 de julio, aunque el IMSS aseguró que el medicamento sí se había proporcionado los días 6, 9 y 16 de julio.
A mediados de agosto, el padre de la menor volvió a notificar a la juez que el IMSS continuaba negándose a proporcionar el medicamento, aunque el instituto negó el señalamiento. En ese mes también se dejó de proporcionar el medicamento vincristina y dexametasona, agendado para el 12 de agosto, por desabasto de la primera fórmula.
En septiembre, no sólo fue la falta de entrega de mercaptopurina, sino que además se le suspendió el tratamiento de quimioterapia, bajo el argumento de que sería necesario que los familiares presentaran donadores de sangre para realizarle el procedimiento.
Finalmente, el 25 de septiembre la directora del Hospital General de Zona No. 3 del IMSS informó que la menor tiene compra por paciente específico, donde supuestamente se habría garantizado el suministro de mercaptopurina que se entrega de forma mensual, además de ya contar con vincristina, aunque por las características de la paciente se le indicó ya no ser suministrado para futuras sesiones.
Por lo anterior, la juez Sonia Hernández Orozco resolvió que las autoridades de la delegación del IMSS y del Hospital General de Zona No. 3 emitan por escrito la orden correspondiente para que, el encargado de farmacia suministre de forma oportuna el medicamento que se indique en las recetas del médico que prescribe a la menor.
Asimismo, que se emita un documento similar al médico tratante para que garantice el cumplimiento del tratamiento oncológico, así como para el delegado del IMSS y la Secretaría de Salud del Estado para que de manera coordinada verifiquen de manera oportuna la suficiencia y disponibilidad de los medicamentos de la infante.