El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) desestimó una denuncia de procedimiento especial sancionador (PES), promovido por el representante propietario de MORENA ante el Consejo Municipal de la capital del Instituto Estatal Electoral (IEE), Alejandro Sánchez Laguna, en contra del gobernador del estado, Martín Orozco Sandoval, por presunta difusión gubernamental en periodo de veda electoral.
La denuncia quedó asentada con el expediente TEEA-PES-019/2019, y en él, se señala que el mandatario estatal pudo haber violado los artículos 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, luego de que presuntamente difundiera un video sobre logros de su gobierno durante la veda electoral.
En los elementos probatorios de la denuncia, la defensa jurídica de MORENA presentó un video en el que aparece el gobernador abordando un camión del transporte público, en el que presuntamente refiere logros de su administración a los usuarios de la unidad, en hecho que se atribuyen al pasado 29 de mayo.
En el análisis del caso, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado consideraron que no se pudieron acreditar los hechos denunciados, es decir, la difusión gubernamental en momentos indebidos.
El proyecto del magistrado presidente, Héctor Salvador Hernández Gallegos, refiere que el partido político MORENA sólo presentó como evidencia el video del gobernador, sin ahondar en mayores elementos que dieran cuenta de la fecha y lugar del video.
“Debido a que MORENA sustentó la denuncia únicamente en una prueba técnica, consistente en un video, con base en el alcance y naturaleza de la referida probanza, y al no poderse adminicular con otros elementos y circunstancias durante el procedimiento, es que este órgano jurisdiccional estima que no puede acreditarse el hecho denunciado”, indica la sentencia.
Para que la denuncia pueda ser válida es necesario que se comprueben circunstancias de tiempo, modo y lugar, en la cual se evidencien las personas y lugares que se desean comprobar, agrega.
Por lo anterior, se declaró la inexistencia de los actos denunciados, que a decir de MORENA, fueron violatorios a los artículos 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíben la aplicación de los recursos públicos para influir en la contienda electoral.