Nota del editor: El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) en acompañamiento de las víctimas, darán a conocer este 24 de enero a las 11 horas su posición pública frente a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
El 21 de diciembre de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, máxima instancia judicial para la protección de los derechos humanos en las Américas, notificó al Estado mexicano una nueva sentencia que marca un avance histórico en estándares y herramientas para sancionar las graves violaciones a derechos humanos.
Esta sentencia internacional es resultado de la lucha incansable de once de las mujeres quienes sufrieron detenciones arbitrarias y tortura física, psicológica y sexual en el operativo policiaco desplegado en Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México, el 3 y 4 de mayo de 2006, conocido como un ejemplo paradigmático de represión y tortura por fuerzas de seguridad federales y estatales.
La condena social generada por estos hechos se convertiría en motivo permanente de crítica hacia quien era Gobernador del Estado de México en ese momento y posteriormente Presidente, Enrique Peña Nieto. Sin embargo, la exigencia de justicia no se tradujo en la sanción penal de responsable alguno, mucho menos de los altos funcionarios quienes diseñaron y supervisaron el operativo. Ahora, la sentencia de la Corte IDH en el caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual En Atenco viene a sacudir esa realidad y abrir caminos hacia la justicia que no habían existido a nivel nacional.
Lee: La CoIDH responsabiliza a México por abuso sexual de mujeres de Atenco
Entre los muchos aportes relevantes que contiene la sentencia de la Corte IDH, retoma de manera central la tortura sexual que sufrieron las mujeres, determinando que “la gravedad de la violencia sexual en este caso, además de su calificación como tortura, surge también por el hecho que se utilizó como una forma intencional y dirigida de control social”. Así, la Corte da la razón a las once denunciantes, quienes han visibilizado la tortura sexual como herramienta utilizada por las fuerzas de seguridad en diversos contextos en nuestro país, desde la desmovilización social hasta la recurrente fabricación de culpables. A través de un sinnúmero de acciones de denuncia legal y pública, campañas, talleres, marchas, testimonios y otras a lo largo de casi 13 años, las mujeres han señalado y combatido la práctica reconocida ahora en la sentencia del Tribunal Interamericano: “los agentes policiales instrumentalizaron los cuerpos de las mujeres detenidas como herramientas para transmitir su mensaje de represión… […] para alcanzar el propósito de dispersar la protesta y asegurarse de que no volviera a cuestionarse la autoridad del Estado”.
Asimismo, el análisis de la Corte le lleva a la conclusión de que, “contrario a lo alegado por el Estado, su responsabilidad no surge solamente de algunos actos de agentes estatales que actuaron fuera de los límites de sus competencias”, sino por el diseño previo y supervisión de superiores durante el operativo. Encontró asimismo que “la violencia sexual sufrida por las once mujeres no fue aislada, sino que se enmarca dentro de un patrón que se dio a lo largo de todo el operativo”.
Lee también: Esclarecer el caso Atenco servirá para investigar la tortura como práctica de Estado: expertos y víctimas
En cuanto a la responsabilidad de las autoridades civiles quienes planearon y supervisaron el operativo, la Corte ordena al Estado investigar las responsabilidades de superiores jerárquicos “en todos los niveles de decisión”, incluyendo “la responsabilidad de mando de los funcionarios a cargo de los operativos del 3 y 4 de mayo” por sus acciones durante y después del operativo. A la obligación de deslindar responsabilidades por las graves violaciones cometidas durante el operativo, se suma la “eventual responsabilidad dolosa de las autoridades” por sus declaraciones públicas en días posteriores, puesto que, “después de la violencia sufrida a manos de los elementos policiales, las víctimas fueron sometidas a la puesta en duda de su credibilidad y su estigmatización… por el Gobernador, el Secretario General de Gobierno del Estado de México y el Comisionado de la Agencia de Seguridad Estatal”.
Asimismo, la Corte aterriza su jurisprudencia explicando diferentes formas de responsabilidad (dolosas, culposas y hasta posibles tipos penales aplicables), construyendo un puente entre las obligaciones internacionales y las acciones concretas que debería realizar el Estado mexicano para dar cumplimiento a la sentencia.
Lee: Caso Atenco: La justicia internacional alcanza a México
El litigio internacional emprendido por las once mujeres ha llevado a una sentencia ejemplar que servirá de herramienta en la lucha por los derechos humanos en nuestro país y nuestro hemisferio. Ahora, toca al Estado implementar cabalmente las medidas ordenadas por la Corte Interamericana, para garantizar que las mismas mujeres tengan pleno acceso a la justicia, al tiempo que siguen construyendo nuevos caminos y formas de justicia para otras personas sobrevivientes.