Desde el Congreso del Estado de Aguascalientes, buscan que las personas que reciben pensiones alimenticias (en su mayoría mujeres) deban justificar el uso de esos recursos. El objetivo, según el documento legislativo, es garantizar que realmente se destinen al bienestar de niñas, niños y adolescentes.
La propuesta reforma el Código Civil del Estado para establecer que el tutor o responsable que reciba la pensión tendrá la obligación de demostrar que el dinero es utilizado en conceptos esenciales como alimentación, educación, salud y vestido. En caso de no hacerlo, el juez podrá requerir informes detallados y, si persiste la falta de comprobación, imponer sanciones que incluyen desde la restricción en el manejo del dinero hasta el posible nombramiento de un administrador especial que supervise el uso de los recursos.
La impulsora de esta iniciativa, la diputada panista Laura Ponce, argumenta que se trata de proteger el interés superior del menor y evitar posibles malos manejos o desvío de recursos por parte del responsable de su cuidado.
“Es una forma de violencia institucional”: colectivos
Al respecto, Vania Gutiérrez, representante del Colectivo de Deudores Alimentarios en el estado, criticó la iniciativa al considerar que exigir facturas o comprobantes representa una carga adicional para las madres que ya enfrentan la crianza en solitario, además de que puede ser utilizada como un mecanismo de represalia por los padres deudores para ejercer violencia económica y vicaria.
“Hay muchos gastos que son imposibles de comprobar. Entonces, aparte de ser una carga extra, es seguir ejerciendo violencia que a la mujer, ¿por qué? Porque esto se ve como un ´Ah, me metes una demanda de pensión, ahora yo te voy a meter una demanda o una denuncia para que me comprueben los gastos´”, explicó.
Asimismo, sostuvo que ya existe un mecanismo legal, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se señala que las personas que reciben pensión alimenticia no están obligadas a rendir cuentas al deudor alimentario.
“Ya la Suprema Corte en 2022 estableció que quien ejerce la guarda y custodia no está obligado a rendir cuentas sobre la pensión alimenticia (…) ¿cómo vas a comprobar el gasto de una paleta que le compras a tu hijo en el parque? Nadie factura su día a día. Esto es ilógico y revictimizante”, expresó.
Jurisprudencia de la Corte: no hay obligación de comprobar
En efecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en abril de 2022 una contradicción de tesis que dio origen a una jurisprudencia obligatoria:
“El progenitor que ejerce la guarda y custodia no está obligado a rendir cuentas de la pensión que reciba del deudor alimentario para satisfacer las necesidades del menor de edad que tiene a su cargo”
El criterio se basa en que la pensión alimenticia es un derecho del menor, no del padre o madre que la administra, y su aplicación implica no solo compras comprobables, sino una serie de acciones diarias (como el cuidado, la educación, el acompañamiento emocional y la atención médica) que no siempre pueden documentarse con facturas.
Finalmente, Gutiérrez consideró que esta iniciativa, representa un retroceso que, en lugar de fortalecer el acceso a la justicia para la infancia, beneficia a deudores alimentarios que usan el sistema legal como forma de control.
“Muchas madres llevan años luchando por obtener una pensión digna. Ahora, además, van a tener que contratar abogados para defenderse de nuevas demandas. ¿A quién protege realmente el Congreso?”, concluyó.