El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) dio a conocer que las personas físicas y morales que publiquen soliciten u ordenen encuestas por muestreo o sondeos de opinión relacionados con preferencias electorales, deberán cumplir con disposiciones establecidas en el Reglamento de Elecciones, durante el Proceso Electoral Local 2024-2025.
Estas disposiciones aplican desde el inicio del proceso electoral local y hasta tres días antes de la jornada electoral. De acuerdo con la información proporcionada por el instituto, entre los principales requisitos se encuentra el envío de una copia del estudio completo que respalde la información publicada.
Esto incluye metodología, tamaño de muestra, margen de error y cualquier otro dato técnico relevante, conforme al artículo 136 del reglamento.
Además, quienes deseen realizar encuestas electorales salida o conteos rápidos no institucionales el día de la elección deberán presentar un aviso previo para obtener la acreditación correspondiente, conforme al artículo 138 del mismo reglamento. La acreditación, según se indica, es gestionada por la Secretaría Ejecutiva del IEPC.
De esta manera, se indicó que el cumplimiento de estas obligaciones tiene como finalidad garantizar la transparencia y confiabilidad de la información difundida durante el proceso electoral. Para cualquier consulta o trámite, las personas interesadas pueden contactar al IEPC a través del correo electrónico [email protected]
El IEPC apuntó que estas medidas buscan regular adecuadamente la difusión de estudios relacionados con la opinión pública, en un contexto de equidad e integridad electoral.
Newsweek te recomienda continuar leyendo: Empresarios piden a candidatos de Durango no caer en descalificaciones