De acuerdo con el artículo 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, dar factura en el arrendamiento inmobiliario de casa habitación no es un requisito que competa al promotor inmobiliario, al administrador de inmuebles o al arrendatario.
La emisión de facturas por arrendamiento, más bien, siempre ha sido una obligación. Sin embargo, ¿cuáles son los altos riesgos que se corren cuando no se cumple con este mandato fiscal?
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Sobre estas y otras interrogantes habla el Dr. Manuel Chaparro, CEO de renda.soy y especialista en temas arrendatarios, en este video.