Diputados federales del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y cinco legisladores de MORENA presentaron este martes una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para eliminar la prohibición de la pena de muerte e imponer ese castigo a quienes cometan feminicidio o violación en contra de menores de edad, así como en los casos de homicidio doloso con agravantes.
Sin embargo, para el fiscal general del estado de Aguascalientes, Jesús Figueroa Ortega, de aprobarse esta medida en el Congreso de la Unión, representaría un retroceso para la impartición bajo el sistema de justicia penal acusatorio y para la aplicación de la corriente humanista, que prioriza el respeto de los derechos humanos.
“Para ciertas corrientes, como la humanista, que es la que ha venido dominando, por supuesto que sería un retroceso (…).Sería un tipo de sanción muy peligroso, teníamos hasta hace alrededor de 20 años la pena de muerte para ciertos hechos delictivos pero no se había aplicado, y teníamos la pena de muerte en el fuero militar, entonces en el orden civil no se había tomado esa decisión”, destacó.
Para instaurar la pena de muerte como medida para sancionar algunos delitos, México tendría que salirse de algunos tratados internacionales que condenan esa práctica.
“El problema que tenemos con la pena de muerte es que la Constitución puede ser modificada incluyendo esa sanción, pero también tienen que desconocerse los tratados que México ha firmado, y de acuerdo a la Convención de los Derechos del Hombre no es factible la pena de muerte, entonces México tendría que desconocer la Convención, modificar la Constitución y hasta entonces considerar la pena de muerte”, puntualizó.
No obstante, esa acción traería consecuencias económicas y políticas negativas para México, por lo que se trata de una propuesta peligrosa que debe abordarse a profundidad como otros temas controversiales para la sociedad mexicana, añadió Figueroa Ortega.
“Las sanciones que aplica la ONU son variables, principalmente el establecer que el Estado no cumple con un sistema democrático en el aspecto de desconocer convenios o tratados que ya había firmado antes, y eso trae consecuencias económicas y sociales como varios países de América Latina que han desconocido los tratados internacionales, pero las consecuencias podrían ser muy particulares para México por lo que implicaría la economía y el tema internacional del Estado Mexicano”.
En relación al feminicidio, a nivel local, aseguró que por el momento no es necesaria la conformación de una fiscalía especializada en dicho delito, ya que Aguascalientes sigue registrando índices muy por debajo de otras entidades de la República, en donde se han presentado un mayor número de casos.
“Nosotros hemos tratado de que los feminicidios los analicemos directamente en la unidad de homicidios, pero yo creo que si el número se va incrementando, tendríamos que pensar en crear una fiscalía. A mí me preocupan los feminicidios, pero me preocupan más la tortura o las personas desaparecidas, porque en ocasiones una persona desaparecida puede ser víctima de un feminicidio y nadie se da cuenta”.
Tanto en el 2018 y en 2019, Aguascalientes se ubicó como el quinto estado de la República con menor número de feminicidios, con cuatro y cinco denuncias respectivamente.
De acuerdo al artículo 97-A del Código Penal, el feminicidio “se considera cuando una persona prive de la vida a una mujer por cuestiones de género”, considerándose en este supuesto a quienes tengan una relación de parentesco con el víctima (ya sea de matrimonio, concubinato, noviazgo, amistad o cualquier otra relación de hecho), que exista relación laboral, escolar, docente u otra que implique confianza, subordinación o superioridad.
También se considera feminicidio cuando hayan existido signos de violencia sexual, lesiones, mutilaciones o actos de tortura previos o posteriores al fallecimiento de la persona, entre otras causales.
La sanción para quien cometa feminicidio va de los 40 a los 70 años de prisión, así como una multa de 500 a 1,000 días, el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.