La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) desechó la queja presentada por el Colectivo Sergay contra el dirigente del Frente por la Familia en Aguascalientes, Carlos García Villanueva, acusado de atentar contra los derechos humanos de las personas de la diversidad sexual -e influir en el voto- al invitar a los candidatos locales a firmar una plataforma legislativa que, entre otros puntos, exige la no aprobación de los matrimonios igualitarios en esta entidad.
Según la resolución contenida en el expediente SUP-REP-0158-2018, realizada por la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, la queja fue resuelta como infundada porque se consideró que las acciones del Frente por la Familia no influyen en el voto ni son consideradas como propaganda política.
“No se encuentra frente a una propaganda de tipo electoral, sino de la ideología de un grupo de ciudadanos respecto de lo que debe entenderse por matrimonio, lo cual, en su caso, expone a las candidaturas y partidos políticos para que fijen su postura y así tener mayores elementos para decidir en favor de quien emitirán su sufragio”, señala el documento.
La queja del Colectivo Sergay ya había sido desechada antes por el Instituto Estatal Electoral (IEE) luego de que el Consejo General determinara que no se encontraron elementos que interfirieran en el proceso electoral.
En el documento publicado por el TEPFJ, la magistrada de la Sala Superior da la razón al IEE, y explica que la plataforma legislativa del Frente por la Familia no promueve a ningún candidato o partido político, por lo que no encontraron violaciones al proceso.
“(…) de lo relatado se observa que en la plataforma denunciada no se da a conocer la ideología de alguna candidatura o partido político, no se intenta convencer a los votantes sobre el beneficio o conveniencia de elegir a un candidato o candidata, o bien, de lograr la aceptación y convencer a la opinión pública de que elija a alguna de las opciones políticas; sino que, en realidad, se trata de las opiniones políticoelectorales de un grupo de ciudadanos que busca conocer qué candidaturas son las que armonizan con su percepción del “deber ser” de la institución del matrimonio”.
Añade que el Colectivo puede llevar el caso ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), “ya que la queja se trata de la probable violación al derecho de igualdad y no discriminación; lo cual es compatible con la salvaguarda del principio de tutela judicial efectiva previsto en el artículo 17 de la Constitución federal”.
En entrevista con Newsweek Aguascalientes, Julián Elizalde Peña, representante legal del Colectivo Sergay y quien presentó la queja, señaló que se estudia la estrategia legal para seguir con el caso, ya que consideran que promover la no aprobación de los derechos fundamentales de ciudadanos homosexuales, atenta contra sus garantías individuales.