El Tribunal Electoral de Aguascalientes revocó el nombramiento de dos consejeros del distrito electoral local XVIII por militar en partidos políticos. Además, mandató al Instituto Estatal Electoral (IEE) explicar por que nombró como propietarios a dos consejeros, cuando obtuvieron una menor calificación en el proceso que sus suplentes.
Lo anterior luego de que la ciudadana Candelaria Alma Rosa González impugnara – el pasado primero de enero- el proceso de selección de los consejeros electorales por considerarlo ilegal.
De la investigación realizada por el Tribunal Electoral, se desprendió que los consejeros distritales José Manuel Zegbe Quezada y Laura Karina Cervantes Aguirre, militaron en los partidos políticos Movimiento Ciudadano y PRI, respectivamente, justo antes de participar en el proceso para ser designados consejeros distritales para la elección local.
La sentencia emitida por el Tribunal detalla que otros consejeros distritales también militaron en partidos políticos, pero renunciaron a tiempo para después participar del proceso y convertirse en consejeros electorales distritales.
“El piso no es parejo para todos, por eso pedimos que repongan ese procedimiento”, señaló Salvador Hernández Gallegos, magistrado presidente del Tribunal Electoral local.
“Además, hay otras dos personas que son presidentes de un consejo distrital y tienen menor calificación que sus suplentes, yo les pido que valoren bien la situación para que esto sea una contienda pareja y equitativa, que las instituciones tengan certeza y credibilidad”, añadió.
Hernández Gallegos se refiere a las designaciones de Águeda Velázquez Mercado como consejera electoral en el distrito local VIII; y Erika Adriana Cortés Rico, en el distrito XVIII.
Se advierte “que cuentan con calificaciones notoriamente inferiores a las de los suplentes en sus respectivos distritos, y con la finalidad de dotar de certeza al procedimiento, (se pide) indicar las razones por las cuales fueron consideradas con un grado mayor de idoneidad, o en su caso, sustituirlas”, señala la sentencia.
Al respecto, la magistrada electoral Claudia Díaz de León explicó que “tiene qué motivarse muy bien, decir porqué se tomó esa decisión y no otra para respaldar que esa decisión fue buena y legal, la motivación que dio el IEE fue insuficiente cuando escogió los perfiles, nosotros sólo le estamos diciendo que se quedó corto, que explique los parámetros, justamente para una transparencia y que se tenga certeza en que los ciudadanos que eligieron llevarán la elección de manera imparcial”.
El IEE tiene de plazo 10 días para acatar la resolución del Tribunal Electoral de Aguascalientes.