El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado, demostró a través de los medios de prueba pertinentes, la intervención de Rigoberto Gutiérrez Domínguez en los delitos de Secuestro Exprés y Robo Calificado, lo que fue determinado en sentido positivo por el Tribunal de Enjuiciamiento, quien emitió fallo condenatorio en su contra, además de establecer en audiencia de individualización de sanciones, que compurgará una pena privativa de libertad acumulada de 50 años y 10 meses de prisión.
En recapitulación de las intervenciones de la Representación Social durante el juicio de oralidad, se establece que el día 15 de marzo de 2020, aproximadamente a las 12:30 horas, Rigoberto acudió a las instalaciones de un hotel, ubicado en la calle Allende del Barrio de San Marcos en esta ciudad.
En el lugar, Gutiérrez fue atendido por el entonces propietario, quien se encontraba en compañía de un familiar, siendo que pidió información sobre las habitaciones y solicitó que le mostraran algunas de ellas.
Fue así que, amablemente, el propietario del inmueble accedió, dándole un recorrido por las instalaciones, llegando hasta el área destinada para la cocina; sitio donde el sentenciado tomó un cuchillo de sierra con el mango de madera que se encontraba a su alcance, procediendo a colocárselo a la víctima a una distancia aproximada de 30 centímetros de sus ojos, refiriéndole que pertenecía a un grupo delincuencial, por lo que el pasivo no podría hacer nada.
Posteriormente, Rigoberto, le colocó el cuchillo cerca de las costillas y le ordenó al ofendido que se despojara de sus prendas de vestir y con su propio cinturón, lo ató de ambas manos colocadas hacia atrás, indicándole al pasivo que se arrodillara y permaneciera ahí, o de lo contrario su familiar sufriría las consecuencias; posteriormente lo despojó de un celular de la marca Huawei, pidiéndole la contraseña y se retiró del lugar.
Acto seguido, el acusado, se dirigió al área de recepción del hotel, en donde comenzó la búsqueda de diversos objetos, además de ingresar a una habitación contigua, misma que cuenta con un baño; sitio donde se encontraba el menor de edad familiar de la primera víctima, quien, al escuchar ruido en el sitio, gritó pensando que se trataba de su consanguíneo.
Al no tener respuesta, el menor, abrió la puerta del sanitario y observó a Rigoberto, que, al darse cuenta de su presencia, empujó el acceso, provocando que la víctima cayera al suelo, situación que el sujeto aprovechó para mostrarle un cuchillo, indicándole que se quedara ahí, cerrando la puerta, dejándolo encerrado.
Desde el exterior, el sujeto le cuestionó al ofendido sobre el lugar donde guardaban los objetos de valor.
Momentos después, al no escuchar ruido, el menor salió del baño y fue en búsqueda de su hermano, a quien encontró en el área del salón del hotel, con un azadón en una mano y el cinturón con el que fue atado en la otra, para después advertir que el sentenciado se apoderó de los siguientes objetos, de los que acreditó propiedad una familiar diversa:
- Una mochila de color azul con rojo con la leyenda Totto.
- Un teléfono celular color negro de la marca Sony Xperia.
- Una laptop en color negro marca HP con una calcomanía de imagen de una manzana.
- Un cargador para laptop en color negro.
- Una hoja metálica de aproximadamente once centímetros con la leyenda Tramontina Made in Brasil con mango de madera, de aproximadamente nueve centímetros.
- Un perfume de cien mililitros color azul, marca Náutica Voyague.
- Una calculadora en color blanco con azul con marca KADIZZ.
- Un reloj en color azul con blanco para bebé.
- Un teléfono celular color morado con la leyenda Huawei, con funda de plástico transparente.
- Sesenta y ocho pesos con cincuenta centavos en monedas de diferentes denominaciones.
- Una cadena de eslabones de cobre en color dorado, de aproximadamente 56 centímetros.
- Una esclava de metal en color plateado.
- Un sobre de plástico en color verde, el cual contiene en su interior diferentes papeles.
- Una escuadra en color amarillo con una etiqueta en color azul.
Minutos después del acontecimiento, el sujeto fue localizado con los objetos en la esquina de las calles Eduardo J. Correa y Emiliano Zapata en la Zona Centro de Aguascalientes.
Derivado de lo anterior, la Representación Social, se abocó a la recopilación de los datos de prueba necesarios para acreditar la probable responsabilidad del sujeto en el entonces hecho delictivo, obteniendo el auto de vinculación a proceso en su contra.
Tras librar las diversas etapas procesales, el Tribunal convocó a audiencia de juicio oral, en la que se realizaron los procedimientos necesarios de acuerdo con la legislación en la materia, obteniendo como resultado, el fallo condenatorio en contra de Rigoberto Gutiérrez Domínguez, por su intervención en los delitos de Secuestro Exprés y Robo Calificado.
Posteriormente, en audiencia de individualización de sanciones, se le condenó a una pena acumulada de 50 años 10 meses de prisión y 4 mil 25 días multa, que equivalen a la cantidad de $349 mil 692 pesos; además el pago de la reparación del daño, consistente en cantidades monetarias para el resarcimiento de las afectaciones psicológicas a las víctimas, estableciendo además que, repare del daño moral a los ofendidos.