El Juzgado Tercero de Distrito del Poder Judicial de la Federación otorgó la suspensión provisional a un amparo promovido por el C. Manuel Fernando Díaz Rodríguez, con lo que deja sin efectos el decreto emitido por el gobernador del estado, Martín Orozco Sandoval, para la reapertura de establecimientos comerciales, publicado este viernes.
En la solicitud de amparo, el quejoso indica que no está justificada la medida del gobierno estatal, debido a que trasgrede el principio de progresividad del derecho fundamental a la salud, lo que atenta contra el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que manifiesta que todas las autoridades del país, tienen en su ámbito de competencia, la obligación de promover, respetar, garantizar y proteger los derechos humanos.
Por ello, el juez consideró que el decreto violenta el derecho a la salud del quejoso, como parte de una colectividad específica (población del municipio de Aguascalientes), además de afectar la progresividad del derecho a la salud al flexibilizar las medidas de prevención adoptadas por el municipio de Aguascalientes.
La determinación judicial sólo tendrá efectos en los establecimientos comerciales del municipio de Aguascalientes y no en los 10 restantes, ya que el quejoso es habitante de la capital y no señaló más afectaciones para el resto de demarcaciones.
Este viernes, durante la rueda de prensa para informar el status de los casos de coronavirus en Aguascalientes, el mandatario estatal señaló que la única autoridad facultada para ordenar la apertura o cierre de establecimientos comerciales en una contingencia sanitaria son el gobierno estatal y federal, lo que revertía la medida del ayuntamiento capital de cerrar bares, antros, restaurantes, gimnasios, cines, entre otros establecimientos, a fin de evitar concentraciones de personas que pudieran favorecer la propagación del virus.
Lo anterior, al considerar que en Aguascalientes todavía no existe una situación de riesgo, pues sólo se han confirmado cinco casos positivos de Covid-19, y en contraparte en el tema económico sí habría empresarios pequeños y medianos que podrían verse muy afectados con la medida de cierre, propuesta por el municipio capital.
Para causar estado, la noche del viernes se publicó un decreto en el Periódico Oficial del Estado, en el que se estipulaban las medidas sanitarias que debían implementar los propietarios de establecimientos comerciales para volver a abrir, entre ellas, sólo dar servicio a un 50% de su capacidad en las instalaciones y mantener una sana distancia entre los asistentes.
La audiencia constitucional del juicio de amparo está prevista para el 29 de abril, fecha en la que el decreto del gobierno estatal permanecerá sin efectos.