El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) resolvió que la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA deberá fundamentar y justificar los motivos por los que no se incluyó a cinco aspirantes a las alcaldías de Aguascalientes y Jesús María dentro de su lista de precandidatos, debido a que en los dictámenes publicados en su página de internet no se explica por qué fueron relegados de la contienda interna.
Se trata de los aspirantes a la candidatura por la alcaldía de Aguascalientes: Gabriel Arellano Espinosa e Israel Ortega González, así como el ciudadano Marco Antonio Martínez Proa, al igual que para la alcaldía de Jesús María, Antonio Mercher Gálvez y David Alejandro de la Cruz.
En su sentencia, los magistrados integrantes del Tribunal Electoral del Estado determinaron revocar el dictamen de la Comisión Nacional de Elecciones para que el partido explique los pormenores de la aprobación o negativa de los cinco aspirantes inconformes, ya que en el dictamen emitido no se indica, lo que configura una trasgresión a los derechos políticos de los ciudadanos, comentó el magistrado presidente del tribunal, Salvador Hernández Gallegos.
“El partido político simplemente confirme lo que había determinado pero no hay una fundamentación ni una motivación, y quienes estamos en las autoridades jurisdiccionales pedimos que se fundamente si les dicen que ‘no’, ¿por qué no?”.
Sin embargo, negó que la sentencia, por sí misma, exija a MORENA incluir a los aspirantes en la lista de precandidatos, ya que esto será una decisión de la vida interna del partido.
Para ello, se fijó un plazo de 48 horas a partir de la notificación que realice el TEEA, para que MORENA cumpla con la respuesta a la resolución, o de lo contrario podría recibir una sanción administrativa.
“Tiene que cumplir la sentencia o si no se puede hacer acreedor a una sanción; nosotros estaremos muy pendientes para exigirle el cumplimiento y el hecho de no atender la resolución de la autoridad te da una situación de no querer acatar las instrucciones de instituciones que fueron creadas para eso”, afirmó.
En el caso del ex presidente municipal de Aguascalientes por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Gabriel Arellano Espinosa, previamente interpuso un recurso de impugnación “per saltum” ante la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sin embargo se turnó al TEEA al considerarse que debía agotarse la instancia local antes de desahogarse el tema en los tribunales federales.
Además del análisis de los expedientes de los cinco aspirantes inconformes, los magistrados electorales determinaron sobreseer los recursos de impugnación TEEA-JDC-18/2019, TEEA-JDC-19/2019 y TEEA-JDC-21/2019, promovidos por, Raúl Velázquez Navarro, Genaro Ramón Andrade Castorena y Arturo Ávila Anaya, quiénes se registraron como aspirantes a la candidatura a presidentes municipales de Asientos, Pabellón de Arteaga y Aguascalientes, respectivamente.
Sin embargo, al ser incluidos en las planillas a las alcaldías respectivas en el acuerdo de la Comisión Nacional de Elecciones del pasado 08 de marzo, se dejaron sin efecto los recursos promovidos.