La unión civil de dos personas del mismo sexo se debería avalar bajo una nueva figura jurídica y no como “matrimonio”, como lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la inconstitucionalidad de los artículos 143, 144 y 113 bis. del Código Civil del Estado de Aguascalientes, ya que el matrimonio como tal, tiene otras implicaciones jurídicas, así lo indicó la diputada presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Estatal, Karina Banda Iglesias.
“El matrimonio igualitario es incorrecto, porque la palabra proviene de una raíz, que conceptualmente va emparejada a otro lado, sin embargo tenemos regímenes que nos cubrirían la situación de las personas del mismo sexo que deciden unirse, porque si no de otra manera abriríamos un hueco jurídico muy grande, entonces hay que ser muy cuidadosos, hay que ver el bien común (…); hay muy buenas propuestas como los regímenes de convivencia y demás donde podemos abarcar a todos”, comentó.
En el artículo 143 se indica que “el matrimonio es la unión legal de un solo hombre y una sola mujer, para procurar su ayuda mutua, guardarse fidelidad, perpetuar la especie y crear entre ellos una comunidad de vida permanente”.
Por su parte, el artículo 144 refiere que “cualquier condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta”.
La Suprema Corte de Justicia señala que el Congreso del Estado deberá modificar los artículos una vez que sea recibida la notificación de la resolución, aunque hasta el momento no se ha logrado el consenso entre las fuerzas políticas para abordar el tema en la actual legislatura.
“Yo he puesto el tema sobre la mesa y al proponerlo se dieron situaciones hasta mediáticas; desde mi situación jamás me voy a sentir presionada, al contrario, esa es la forma de visibilizar alguna situación, una oportunidad de escuchar lo que no ha sido visibilizado”, comentó.
Otro aspecto que contempla la resolución es el acceso a la seguridad social y servicios de salud de las personas del mismo sexo que mantengan una relación afectiva, lo cual se revisará tras la notificación, comentó la legisladora del Partido Encuentro Social.
“En el tema de las prestaciones sociales había una prohibición en el artículo y no se pueden hacer categorías sobre algunas situaciones, fue en ese sentido la resolución de la Corte (…), de esta forma las personas del mismo sexo que mantienen una relación de concubinato con otra persona entran también dentro de las prestaciones”, subrayó.
En noviembre del año pasado, el Congreso de la Unión aprobó reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para reconocer el derecho a la seguridad social a las personas del mismo sexo que conformaran una unión legal.
Se prevé que una vez que el Congreso del Estado reciba la notificación, ésta sea turnada a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos en los próximos días.