Será el próximo 12 de octubre cuando se retomen las diligencias judiciales en el caso de la exdirigente estatal de la Sección XV del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), acusada de presunto abuso de confianza al manejar más de 120 millones de pesos de la cuenta bancaria sindical cuando ya no era líder magisterial.
De acuerdo con los autos públicos del caso, el pasado 21 de septiembre se señaló que a las 8:30 de la mañana del próximo 12 de octubre: “tenga verificativo el desahogo de las ampliaciones de declaración”.
La determinación se hizo pública el 24 de septiembre, un día después de que la exlíder magisterial del SNTE saliera en libertad del Centro de Readaptación Social (Cereso) de Pachuca, luego de obtener un amparo de la justicia federal, en el que se consideró que no existían pruebas de la responsabilidad de García López en el delito de presunto abuso de confianza.
Ante este recurso, con el que la imputada salió en libertad, fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo confirmaron la interposición de un recurso de apelación que habría hecho la defensa legal del SNTE.
Además, se explicó que dependerá de los elementos que se aporten contra el amparo que se determine la suspensión o continuidad del recurso.
De determinarse que el amparo en favor de García continúe, correrán 180 días para que el Ministerio Público aporte las pruebas correspondientes para acreditar la culpabilidad de la exsecretaria general del SNTE.
Hasta entonces, el expediente será ingresado al juez primero de lo penal para que éste resuelva y pueda dictar una nueva orden de aprehensión contra la docente.
Además de esto, se expuso que el amparo que giró la autoridad federal para dejar en libertad a Mirna García López, no tiene alguna restricción que la limite de poder transitar fuera del territorio estatal.
José Armando Solís de Anda, defensor particular de Mirna García, expuso en un comunicado que “durante el proceso se logró recabar, a petición de la defensa, la declaración de 25 de los 40 receptores de los cheques, quienes confirmaron que se los entregaron personal de la Secretaría de Finanzas como contraprestación de bienes y servicios”.
Además, afirmó que el amparo con el que salió libre su representada fue el segundo, luego que “se promovió demanda de garantías, misma que se resolvió por el juez segundo de distrito de Hidalgo, bajo el número 1053/2014-I; mediante sentencia fechada el 15 de octubre de 2014, terminada de engrosar el 23 de diciembre de 2014, en donde se otorgara el amparo solicitado”.
“Sólo para retardar la ejecución de la sentencia, la representación social federal; así como la local, promovieron revisiones manifiestamente improcedentes, que llevaron a la confirmación de la sentencia, pero al retraso de tres meses en el proceso”, dijo.
El abogado agregó que “en la sentencia de amparo se destacó que corresponde al Ministerio Público y no a la defensa el pedir la declaración de los beneficiarios de los cheques, para que estos señalen el destino de los recursos, razón por la cual eventualmente la defensa se desistió de las pruebas, bajo el principio de derecho más básico de que corresponde al acusador demostrar la existencia del delito y la probable responsabilidad, y no así al reo, el que es inocente”.