Juicios orales, desafíos legales del T-MEC, reglamentaciones respecto a la subcontratación, reformas legales y constitucionales. El derecho y la legalidad se están actualizando en México conforme con los nuevos tiempos. Aquí presentamos los abanicos más relevantes.
EL CONFINAMIENTO Y LOS JUICIOS ORALES
CON la llegada de la pandemia por el covid-19 y el confinamiento social, en México la vida cotidiana se paralizó y esto incluyó la impartición de justicia.
Con el paso de los meses hubo voces que propusieron echar mano de la tecnología y realizar, por ejemplo, los juicios orales de forma virtual, las notificaciones vía WhatsApp y dar seguimiento a las solicitudes mediante plataformas digitales.
El artículo “Juicios por zoom y covid-19”, de Héctor Ivar Hidalgo Flores, publicado por el Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sugiere que “los juicios por medios digitales ahorran muchísimos recursos en tiempo o desplazamientos.
“Pensemos en los gastos que tienen que hacer las partes, como gasolina, estacionamiento, Uber, transporte público o hasta datos para localizar la sede judicial. O los grandes recursos humanos y materiales que utiliza el Estado para hacer el traslado de los indiciados, en muchas ocasiones con megaoperativos”.
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En mayo de 2020, México Evalúa informó que los poderes judiciales habían determinado realizar audiencias por videoconferencias en entidades como Yucatán, Nuevo León, Aguascalientes, San Luis Potosí, Ciudad de México, Coahuila, Oaxaca, Hidalgo, Michoacán, Tamaulipas, Baja California Sur, Chiapas y Guanajuato.
México Evalúa se refirió en junio de 2020 a la instalación de una “justicia digital” en México, es decir, algunos poderes judiciales locales integraron el uso de nuevas tecnologías a su forma de trabajo, reflejados en expedientes electrónicos, tribunales virtuales y juzgados en línea.
Los servicios de impartición de justicia se ampliaron con módulos en línea y telefónicos para solicitar o cancelar emplazamientos y notificaciones o para pedir citas para consultar un expediente o realizar un trámite.
Otras estrategias han sido el correo electrónico o plataformas para recibir demandas, promociones o escritos, operación a la distancia de los centros de mediación, convivencias supervisadas vía videoconferencias o teléfono y audiencias por videoconferencia.
T-MEC: RETOS Y DESAFÍOS LEGALES
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ha sido presentado como un elemento central de la política comercial de México y un instrumento que impulsa la profundización de la relación con Estados Unidos y con Canadá.
Con la firma de este tratado, los tres países otorgan certidumbre jurídica al inversionista, al empresario y al consumidor en América del Norte al modernizar y ampliar las reglas del comercio de bienes y servicios en la región.
El gobierno de México ha señalado como uno de los grandes logros el mantener el libre comercio para todos los bienes originarios, por lo que las exportaciones mexicanas seguirán gozando de acceso preferencial (exentas del pago de arancel) en los mercados de Estados Unidos y Canadá.
Además, “se introdujeron nuevas disciplinas para el comercio de bienes remanufacturados en la región, con el fin de asegurar un tratamiento igual al de bienes nuevos, lo cual impulsará su comercio. El T-MEC moderniza, además, el esquema de certificación y el procedimiento de verificación para hacerlo más expedito, lo que abonará en la competitividad de las empresas de América del Norte”, explica la Secretaría de Economía (SE).
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En lo relativo a la facilitación comercial, el acuerdo incluye disposiciones que facilitan y agilizan el movimiento y despacho de mercancías en las aduanas y la transparencia en los procedimientos administrativos. También establece compromisos de coordinación entre los organismos que intervienen en los cruces fronterizos.
El T-MEC contiene disciplinas en materia de derechos de autor, marcas, indicaciones geográficas, patentes, protección de datos no divulgados, diseños industriales, secretos comerciales, esquema de limitación de responsabilidad de proveedores de servicios de internet y disposiciones en materia de observancia.
“Lo anterior abonará al Estado de Derecho entre los socios del T-MEC y hará más atractiva la inversión en México”, señala la SE.
NUEVA REGLAMENTACIÓN PARA LA SUBCONTRATACIÓN
El Congreso de la Unión aprobó en abril pasado la reforma a la Ley Federal del Trabajo y a otros siete marcos legales con la finalidad de regularizar la subcontratación (outsourcing), y ahora son 15 los cambios legales que la respaldan.
Como base está el eje central que prohíbe la subcontratación de personal como ocurre con los esquemas de insourcing, esto es, cuando una empresa crea otra razón social para administrar a través de ella al capital humano del grupo. Esta medida es aplicable a las empresas privadas y en el gobierno.
El esquema permitido es aquel cuando las empresas subcontratan servicios y obras especializadas que no forman parte de su objeto social o actividad económica preponderante.
La excepción de grupo: “Los servicio u obras prestadas entre las empresas de un mismo grupo serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni la actividad preponderante de la empresa que los reciba”.
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En tanto, las agencias de empleo podrán participar solo en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación de personal, pero no podrán ser patrones de las personas que colocan en las empresas.
Existe una responsabilidad compartida, es decir, la empresa que subcontrate servicios u obras será responsable solidariamente en caso de que la contratante no cumpla con obligaciones patronales (SAT, IMSS, Infonavit).
El registro oficial será obligatorio para las empresas de subcontratación que deben formar parte de un padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); el registro se renovará cada tres años. La dependencia tendrá 30 días después de publicada la reforma para expedir las reglas correspondientes.
Además, las empresas de subcontratación están obligadas a entregar cada cuatro meses informes al IMSS y al Infonavit con los datos de los contratos celebrados con otras empresas, la información de los trabajadores y la determinación del salario base.
“Las instituciones tendrán dos meses después de publicada la reforma para emitir las reglas correspondientes”, indica la ley.
Ahora, el Infonavit e IMSS tienen la facultad de reportar de manera directa a la STPS el incumplimiento de las obligaciones de las empresas.
Las inspecciones con “dientes” identificarán a la empresa de subcontratación que no permita la inspección de las autoridades laborales y no presente la información demandada, y puede pagar una multa de hasta 448,100 pesos.
Las “multas parejas” serán para aquellas empresas que operen o subcontraten servicios sin contar con el registro de la STPS y deberán pagar hasta 4.5 millones de pesos.
El candado fiscal indica que “solo podrán ser deducibles o acreditadles los pagos de subcontratación de servicios u obras que no formen parte de la razón social o actividad preponderante de una empresa”.
En tanto, utilizar esquemas simulados de outsourcing e insourcing será considerado defraudación fiscal, delito que se castiga con cárcel.
La antigüedad garantizada obligaría a que las empresas que se asuman como patrones del personal subcontratado tendrán que reconocer sus derechos laborales y periodo de antigüedad.
A su vez, hay un tope a la Participación de los Trabajadores en el Reparto de Utilidades (PTU), que tendrá como límite máximo el equivalente a tres meses de salario o el promedio recibido en los últimos tres años, lo que resulte más alto.
REFORMAS EN POS DE UN NUEVO ESTADO DE DERECHO
Un Estado de derecho en condiciones sanas se ve reflejado a través del cumplimiento de leyes y normas, las cuales garantizan derechos y libertades ciudadanas que al hacerse cumplir crean un ambiente de estabilidad y seguridad jurídica y social.
México cuenta actualmente con la aprobación de nuevas leyes y reformas, tales como la Ley Federal de Revocación de Mandato, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI de la Ciudad de México.
El Índice de Estado de Derecho en México 2020-2021, del World Justice Project (WJP), explica que la pandemia de covid-19 y la aplicación de las medidas sanitarias trajeron consigo algunas “disrupciones” en el funcionamiento de las instituciones gubernamentales.
Dentro de los avances y retrocesos del Estado de Derecho en México, el documento destaca que el principal reto durante la emergencia sanitaria fue el sistema de justicia penal.
El puntaje para este factor cayó en 16 estados en un año (Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas).
Los indicadores con descensos más marcados fueron los de eficiencia y eficacia de los sistemas de impartición de justicia, y el que mide el debido proceso de las personas acusadas de algún delito.
La seguridad sigue siendo uno de los mayores retos del país, como lo reflejan las tasas de homicidio, la percepción de inseguridad y la caída en los puntajes de ausencia de corrupción en la policía y las fuerzas de seguridad en 20 entidades del país, de acuerdo con la experiencia de los especialistas consultados durante 2020 por WJP.
No obstante, “se registraron mejoras en los indicadores de incidencia y prevalencia delictiva en 26 estados del país”, de acuerdo con la ENVIPE 2020, que mide delitos ocurridos en 2019.
“El 2021 ofrece una ventana de oportunidad inmejorable para generar un compromiso político y programático en favor del avance del Estado de Derecho desde el más alto nivel”, indica WJP. N