“La violencia obstétrica se manifiesta de distintas maneras, incluyendo malos tratos, humillaciones, insultos, amenazas, en algunos casos golpes, negación o rechazo para el acceso a servicios”, asegura la diputada María de Jesús Reveles, quien presentó ante el Congreso local una iniciativa para reformar al Código Penal del estado con el fin de incluir el delito de violencia obstétrica.
La diputada responsable de la iniciativa detalló que puede considerarse violencia obstétrica el impedir a una mujer pensar en el parto, no ofrecerle alternativas, separarlas de sus hijos al nacer por rutina, privarlas de apoyo emocional y del acompañamiento de la persona elegida e inducir partos o programar cesáreas por conveniencia.
También el abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, entre otras formas de evidente discriminación y desvalorización del embarazo y el parto, forman parte de este tipo de violencia.
Asimismo, la legisladora mencionó que la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) indicó a todos sus países miembros que adopten las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra las mujeres en la esfera de la atención médica.
Lo anterior es con el fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de dicha atención.
Por ello, Reveles Conejo dijo que se deben implementar políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar cualquier tipo de violencia contra la mujer.
Además, manifestó que la propuesta plantea sancionar con prisión y multa a quien ejerza funciones en una institución de salud pública o privada y no brinde atención oportuna y eficaz a las mujeres en emergencias obstétricas del embarazo, parto o puerperio.
De igual forma, se espera sancionar a quienes alteren el proceso natural del parto de bajo riesgo mediante el uso de técnicas de aceleración, al igual que a quien practique el parto vía cesárea, existiendo condiciones para parto natural; trate de forma inhumana, degradante o denigrante a la mujer durante el embarazo, parto o puerperio; o imponga o niegue el uso de métodos anticonceptivos. Todo ello sin el consentimiento de la mujer.
Finalmente, la congresista agregó que más allá de la prisión y la multa, se contempla imponer una suspensión para ejercer la profesión. En caso de los servidores públicos se planeta la inhabilitación por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta, así como la destitución, dependiendo del grado de afectación.