Con base en los datos de prueba presentados por la Unidad Especializada en Combate al Secuestro, el Juez de Control y Juicio Oral Penal decretó el auto de vinculación a proceso para Alfredo N N alias “Maestrín” y Juan Antonio N N alias “Chucky”, por su probable responsabilidad en el hecho delictivo de Privación Ilegal de la Libertad en su modalidad de Secuestro Agravado.
Los hechos por los cuales Alfredo y Juan Antonio fueron presentados ante el Juez de Oralidad, tuvieron lugar el día 10 de noviembre del año 2021, cuando la víctima identificado como Antonio de Jesús Durón alias “La Momia” fue privado de su libertad al exterior de un domicilio en Jesús María; lugar al que arribaron diversas unidades de motor, entre ellos un carro de la marca BMW, línea Mini Cooper, descendiendo alrededor de ocho personas con armas de fuego.
Uno de los activos se dirigió a la víctima, a quien lanzó una amenaza de muerte si se resistía, al tiempo en que era amagado con las armas que portaban; otros dos participantes subieron al pasivo al vehículo Mini Cooper, siendo la víctima privada de su libertad ambulatoria. Posteriormente, arribaron a un inmueble donde bajaron a “La Momia”, quien iba golpeado, con los ojos vendados, atado de ambas manos, y en el interior de su boca tenía una objeto en color rojo que le impedía hablar.
En ese momento, el imputado Alfredo alias “Maestrín”, estaba parado en la puerta de la cochera de dicho domicilio con un arma de fuego corta, mismo que se encontraba cuidado el acceso a la casa; mientras que en el área habilitada como taller de balconeria, se encontraba Juan Antonio alias “Chucky”, entonces, los otros implicados llevaron al pasivo hasta una habitación localizada en la segunda planta de la vivienda, donde permaneció sentado en un sillón, en presencia de otras víctimas.
Otro de los activos le dijo a Juan Antonio que prendiera algunas herramientas eléctricas de trabajo que se encontraban en el taller, con la finalidad de hacer ruido, ya que iba a empezar la “fiesta”; acto seguido los activos comenzaron a golpear al hoy occiso en el área del tórax, siendo en ese momento que uno de los implicados le indicó a Alfredo que subiera un taladro, acción que acató el imputado, luego regresó a vigilar de nueva cuenta el acceso a la casa.
Por un tiempo determinado, los activos estuvieron causando alteraciones corporales a la víctima, al mismo tiempo que grababan la tortura y la información que el pasivo les proporcionaba; en ese momento, uno de los implicados, por medio de un soplete calentó una placa de fierro, de las que utilizan para marcar ganado, la cual tenía las iniciales de un grupo del crimen organizado, misma que colocaron en el tórax del pasivo.
A consecuencia de dicha tortura, la víctima quedó inconsciente en el suelo, donde un diverso activo enrolló un cable eléctrico, en su cuello y lo apretó con mucha fuerza, con lo cual Antonio de Jesús perdió la vida, por asfixia mediante estrangulación armada; siendo que en la puerta se encontraba Alfredo, y Juan Antonio estaba realizando ruidos suficientes con la maquinaria antes mencionada para evitar que las acciones que llevaban a cabo los activos fueran escuchadas.
El cuerpo de Antonio de Jesús fue abandonado en un predio rústico ubicado en la comunidad Las Adjuntas del municipio de Jesús María, siendo su descubrimiento el día 12 de noviembre, a las 08:00 horas.
Derivado de los hechos, las indagatorias en relación a la causa penal fueron acogidas por la Unidad Especializada en Combate al Secuestro, donde se recopilaron los elementos de convicción convertidos en datos de prueba, mismos que dieron como resultado la localización y captura de Alfredo N N alias “Maestrín” y Juan Antonio N N alias “Chucky”, a través de orden de aprehensión; toda vez que mediante una evidente distribución de funciones y un co-dominio funcional del hecho, por parte de los hoy vinculados y los demás implicados, el hoy occiso estuvo privado de la libertad deambulatoria, causando lesiones en su corporalidad hasta causar su muerte.
En audiencia inicial por cumplimentación de orden de aprehensión, el Agente del Ministerio Público formuló imputación en contra de Alfredo y Juan Antonio, por lo que solicitó el auto de vinculación a proceso en su contra; sin embargo, los probables responsables se acogieron al término de 144 horas para resolver su situación legal, con la finalidad de recabar datos de prueba a su favor.
Cumplido el término, el Juez de Oralidad resolvió acoger la petición del fiscal adscrito a la Unidad Especializada en Combate al Secuestro, por lo que dictó auto de vinculación a proceso en su contra por el hecho delictivo de Privación Ilegal de la Libertad en su modalidad de Secuestro Agravado; también impuso la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar y cuatro meses de plazo para el cierre de la investigación complementaria.