El 10 de diciembre se conmemoró el día internacional de los Derechos Humanos. En un país en el que constantemente se violentan esos derechos (158 mil 889 quejas por violaciones a derechos humanos en contra de 177 mil 60 personas durante 2015, según el INEGI), también conmemoramos 10 años de un Estado de excepción o de suspensión de garantías de hecho, con más de 100 mil muertos y 30 mil desaparecidos y donde se busca implementar una reforma legal para llamar seguridad interior a las funciones de seguridad pública que realizan los militares, a fin de legalizar sus actuaciones y controlar los cuerpos policiacos municipales y estatales.
Para hablar de tener derechos debemos contar con garantías, con mecanismos concretos y específicos de satisfacción y protección de los derechos. Si un derecho no tiene garantía, no es un verdadero derecho. Si me dicen que tengo derecho a la libertad de movimiento, pero cada que salgo a la calle soy víctima de un retén policial o militar sin orden fundada y motivada de un juez, no tengo un verdadero derecho a la libertad.
El problema mexicano es que su mentalidad legaloide confunde el derecho y la resolución de conflictos sociales con la simple creación y aplicación de leyes. Así, no importa si se resuelven los problemas, lo que importa es aplicar la ley y no importa que la normatividad sea abundante, pues si los derechos no están regulados o protegidos en la ley, la autoridad se abstiene de cumplir con sus funciones de protección. Y aunque se encuentren regulados, el sistema operativo se encarga de cerrar los ojos y hacerse el sordo. Es decir, nuestro sistema de leyes no resuelve conflictos, sino que se ha convertido en un simple mecanismo de control social que sirve para sancionar lo que salga de la “normalidad” y utiliza el discurso falaz de que con la simple creación de leyes se resuelven los problemas delictivos y de inseguridad.
Los derechos humanos son demandas de satisfacción de necesidades, reconocidas internacionalmente y dirigidas a autoridades o particulares que están obligadas a garantizarlas para lograr una vida adecuada. Parafraseando a Norberto Bobbio, el problema de fondo relativo a los derechos humanos no es simplemente el de justificarlos, sino también el de protegerlos y hacerlos efectivos. Contiene, entonces, un problema político operativo.
Durante años, las autoridades mexicanas no han querido comprender la garantía de aplicación directa de los derechos. ¿Qué significa esto? Que cualquier autoridad tiene la obligación de observar, cumplir y garantizar los Derechos Humanos cuando realice un acto (u omita hacerlo) que pueda afectar a un ser humano.
Las autoridades no pueden poner como pretexto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación es la única facultada para verificar que una norma o acto es violatoria de la Constitución. Es simplemente aplicar las garantías de protección de los Derechos Humanos al momento de cumplir con sus funciones. De lo contrario, la autoridad será sancionada administrativa, penal y políticamente y no podrá alegar ignorancia o carencia de facultades si afecta a una persona con sus decisiones, pues la Constitución lo obliga a proteger su contenido.
Por ejemplo, si la autoridad se da cuenta de que una norma violenta un derecho humano constitucional o que se encuentre en tratados internacionales (faculten a la milicia a realizar funciones de seguridad o investigación, cuando eso es exclusivo de policías o fiscalías), debe realizar los actos que ayuden a no violentar ese derecho y a lograr su protección (no proponer ni validar normas que autoricen esas actividades).
En síntesis, las normas que ya tenemos obligan a todas las autoridades mexicanas a proteger y garantizar derechos humanos de todos y no de unos. Cualquier autoridad, al momento de realizar un acto u omitir una conducta que tenga relación con personas titulares de derechos, debe tomar en cuenta los derechos constitucionales e internacionales para emitirlo o dejar de hacerlo, sin poder poner como pretexto que son autoridades que sólo deben aplicar la ley, pues lo que deben de aplicar es la protección directa al derecho humano.
Si lo anterior realmente operara, otro mundo sería posible. Pero en nuestro mundo al revés, donde todo es lo que no es y entonces al revés, lo que es, no sería, y lo que no podría ser, sí sería (diálogo en la película de 1951 de “Alicia en el País de las Maravillas”), se habla de protección de Derechos Humanos a través de su restricción amplia y absoluta, con intervención domiciliaria, de comunicaciones, retenes permanentes y operativos discrecionales, a través de una propuesta de ley que permita que esto se realice por el poder más violento y reactivo (no preventivo) que tiene un Estado: los encargados de la seguridad nacional.
Citando a Olivier Clecr, durante años y años, en forma paulatina estamos sufriendo el síndrome de la ranita que se cocina a fuego lento: En una cacerola con agua fría, se encontraba nadando plácidamente una rana; de repente, se enciende un fuego lento bajo la cacerola y empieza a calentar un poco el agua. La ranita encuentra una temperatura tibia y agradable por lo que sigue nadando alegremente. La temperatura va subiendo, la rana sigue nadando, hasta que ya no es tan agradable el agua, pero la rana no se asusta y sigue ahí. Llega un punto en que el agua está muy caliente, pero la rana está tan débil que no puede hacer nada, por lo que soporta la temperatura. La temperatura aumenta, hasta que la rana simplemente se cocina y muere. Si esta misma rana hubiera sido lanzada a la cacerola cuando el agua ya estuviera hirviendo, de un solo movimiento habría saltado afuera del recipiente.
La alegoría tiene relación con las circunstancias que nos rodean. Si las toleramos lentamente, si hacemos caso omiso de lo que pasa, la situación empieza a escapar de la consciencia y no hay reacción ni oposición. La indiferencia nos convierte en víctimas inconscientes, pero permisivas. Nos cocinamos a fuego lento y psicológicamente nos preparamos para tolerar y permitir todo lo que nos hace daño. Que no nos pase lo que narra Martin Niemoeller: “primero vinieron a buscar a los comunistas y yo no hablé porque no era comunista. Después vinieron por los socialistas y los sindicalistas y yo no hablé porque no era lo uno ni lo otro. Después vinieron por los judíos y yo no hablé porque no era judío. Después vinieron por mí, y para ese momento ya no quedaba nadie que pudiera hablar por mí…”
El día que dejemos de mirar a los demás, será el día en que la indiferencia y la hipocresía reinen completamente en esta vida. No nos permitirán asombrarnos por los mínimos detalles de lo humano y de su entorno, no nos dejarán ver lo fraterno y el instinto animal, el reflejo del alma, de lo sensible, de su belleza… Ese día, dejaré de escribir. Ese día perderé la pizca de humanismo que me queda. Ese día la lápida del corazón gobernará. Ese día que ni animales nos podrán llamar… Ese día estaré muerto… (Fragmento de mi poesía “El día”, en mi libroEl silencio es mi cómplice. Cartas, poesía y reflexión. Talleres TGráfico de San Luis Potosí. México, 2009)
Dejo de divagar y concluyo: los derechos humanos no pretenden proteger a quien afecte a otro. Para todos aquellos que piensan que los derechos humanos son para “proteger delincuentes”. Al contrario, los Derechos Humanos reconocen y permiten que se afecte a una persona en caso de que ilegítimamente afecte a otra. Pero para ser válida la intervención, debe cumplir con una serie de requisitos que la misma norma constitucional establece y el primero es que la Constitución expresamente permita la afectación.
Y hasta la fecha, la Carta Magna no permite la implantación de retenes, la realización de redadas policiales o militares por mera sospecha, el uso de armas letales en forma discrecional ni las detenciones ilegales. Los derechos más vulnerados en 2015 fueron la libertad, integridad y seguridad personal y protección a la salud y a la vida, mediante quejas dirigidas contra Seguridad Pública y Procuradurías de los Estados, IMSS, Migración, Policía Federal, PGR, Sistema Penitenciario, Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina, según cifras del INEGI.
La Constitución obliga a realizar actividades de prevención a través de la satisfacción de necesidades y que lo último que pueda echar a andar el Estado para la seguridad sea el aparato policial, pero nunca el militar. Pero ahí está la propuesta legislativa de Ley de Seguridad Interior ya cocinándose a fuego lento en el Congreso Federal. Veremos qué ocurre cuando el destino nos alcance.
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Eloy Morales Brand es columnista para Newsweek en Español Aguascalientes.