En menos de dos años, Aurelio Carrón Franco perdió a su esposa, por enfermedad, y a uno de sus hijos, quien no sobrevivió a los disparos que su hermano descargó contra él presuntamente por la disputa de la herencia familiar.
A sus 90 años de edad, las irregularidades en el procedimiento y acciones fuera de la norma para la transferencia de una concesión por parte funcionarios de la Subsecretaría de Transporte de Hidalgo (STH) lo dejaron sin ingresos, por alrededor de 100 mil pesos, desde hace nueve meses.
Un diagnóstico expedido por el médico cirujano José Fernando Salinas (cédula profesional 2641377) indica la situación física y emocional que atraviesa el anciano, quien radica en Tepeapulco: “Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, síndrome de fragilidad, hipoacusia bilateral (pérdida de audición), retinopatía y cataratas, síndrome de depresión”.
El sustento económico de Aurelio era –hasta que Gabriela García Alonso, directora general de Normatividad, Operación y Evaluación de la subsecretaría, ordenó, el 1 de junio de 2015, el aseguramiento de las placas de circulación 52-88-FUE– las ganancias por la concesión del servicio público de transporte que estuvo a nombre de su esposa, Rufina Alvarado Pérez, del 2 de abril de 1990 al 9 de diciembre de 2014, afirma su hija Rosa Carreón Alvarado.
De acuerdo con concesionarios consultados por Criterio, una transferencia monetizada—aunque la ley lo prohíbe— fluctúa entre 300 mil y 550 mil pesos, según la región en que preste el servicio.
La mujer, quien es albacea en el juicio de sucesión intestamentaria a bienes de su madre (expediente 573/2015), sostiene que una serie de irregularidades y corrupción dentro de la dependencia que encabeza el subsecretario Roberto Terán Contreras permitieron que su hermano Alfonso Carreón Alvarado, encargado de administrar los derechos, se apoderara del patrimonio de sus padres con “una simple carta-poder, de papelería”, sin el procedimiento jurídico correspondiente.
El 9 de diciembre de 2014, tres meses antes de ser asesinado, Alfonso acudió al instituto rector del transporte para adquirir los derechos de la concesión con expediente 61-11-15-036-C. Con un documento avalado por el notario público 4 de Apan, Alejandro Martínez Blanquel, acreditó ser apoderado legal de Rufina Alvarado Pérez.
Con la anuencia de funcionarios de la dependencia, como consta en expediente del permiso para explotar el servicio de taxi en Tepeapulco, le fue autorizada la transferencia pese a que, un año antes, el 4 de diciembre de 2013, la dueña legal, su madre, había fallecido.
El abogado Jaén Joel Arroyo Anaya, a cargo de la defensa legal del caso, agrega que la STH actuó de manera ilegal debido a que avaló una carta-poder cuyos efectos jurídicos se suspendieron desde el momento en que falleció la otorgante.
“Las concesiones del transporte público no son transferibles de la manera que se dio en este caso”, asegura, pues tampoco tomaron en cuenta ni dieron aviso a Sitios y Rutas Unidos de Tepeapulco y CD Sahagún, organización representante de taxis.
La madrugada del 17 de abril de 2015, Candelario Carrión Alvarado descargó un arma de fuego contra su hermano Alfonso (averiguación previa 03/509/2015) afuera de su vivienda, ubicada en la avenida Miguel Hidalgo de Ciudad Sahagún. De acuerdo con registros hemerográficos del suceso, el homicidio fue parte de una disputa por la herencia familiar.
No obstante, Rosa señala que el enfrentamiento parental que derivó en un asesinato se debió a que, como en el caso de la concesión perteneciente a sus padres, Alfonso puso a su nombre los derechos para explotar el servicio de transporte en una combi –los cuales pertenecían a su hermano, actualmente prófugo– también “de manera irregular”. Otra vez con el aval de la dependencia estatal.
“(Las autoridades) tienen conocimiento de todo lo que ocasionaron, porque ellos lo ocasionaron”, asegura la albacea, quien considera que las acciones fuera de la legislación cometidas dentro del instituto convirtieron a uno de sus consanguíneos en “ladrón” y al otro, en ”asesino”.
Con la muerte de Alfonso –quien pese a apoderarse del título de concesión no se quedó con las ganancias para el sustento de su padre–, el 30 de julio de 2015 la familia Carreón Alvarado interpuso un juicio de reconsideración ante la STH (cuyas copias posee Criterio) para revertir los derechos del expediente 61-11-15-036-C a favor de la sucesión de bienes de Rufina Alvarado Pérez y dejarlos a nombre de su progenitor.
Rescinden concesión, no anulan irregularidad
El 21 de octubre de 2010, el notario público 4 de Apan también dio fe de que Rufina Alvarado Pérez cedió a su hijo Candelario, por 70 mil pesos, la concesión para el uso de taxi en Rutas Unidas de Tepeapulco y Ciudad Sahagún.
En ese documento se basó la Dirección de Normatividad, Operación y Evaluación para, el 26 de febrero pasado, decretar la recisión del permiso y placas de circulación 55-88-FUE (proceso administrativo PA/SST/DG/002/2015) –pues legalmente no está permitido realizar transferencias de propietario a cambio de dinero, aunque es una práctica común entre concesionarios–. No obstante, por ser irregular, la documental pública 36502 que motivó la resolución de la subsecretaría nunca fue utilizada para realizar trámites ante la dependencia.
“Dijeron que mi mamá había hecho una sesión fraudulenta, cosa que no la hizo con esa intención. El notario lo manejo así (como venta), pero (el documento de cesión) no se metió porque se acudió con un licenciado (asesor jurídico de la unión de trabajadores del volante en Ciudad Sahagún) a preguntar si se procedía o no, y no se metió”, recuerda Rosa.
La cancelación, además, añade el representante legal, se realizó sin haber anulado la transferencia irregular –avalada por la dependencia que dirige Terán Contreras– a nombre de Alfonso Carreón Alvarado.
Pese a que el 13 de abril de 2016 interpuso un recurso de revisión al fallo, el subsecretario lo declaró improcedente por ser “extemporáneo”. Arrollo Anaya sostiene que la entrega del documento rebasó el plazo legal debido a que el organismo rector del transporte llamó a declarar a familiares del occiso, por lo que se acordó que el término no correría, pero la autoridad no respetó el trató.
“En principio (cuando se interpuso el recurso de reconsideración) todo parecía que iba dentro del cauce legal y dentro de la normativa legal de la subsecretaría, pero en la medida en que se fueron dando los avances en cuanto a la integración del expediente comenzaba a haber irregularidad de la encargada de Normatividad (Gabriela García)”.
El abogado subraya que, para su resolutivo, la STH involucró el conflicto familiar que derivó en la muerte de un integrante de la familia Carreón, más allá de razonamientos legales válidos.
“El capitán Terán dijo que se suscitó un conflicto familiar y que eso era motivo para cancelar la concesión. Lo que desde luego es absurdo; no puede ser que por una situación de carácter familiar se afecte a una persona que nada tenía que ver, como es el padre de Alfonso y Candelario.
“Son situaciones totalmente diferentes, y están afectando a una persona que tiene 90 años. Él (Aurelio) tenía un patrimonio y el Estado no se lo puede quitar de manera arbitraria”, sostiene.
A través de un juicio de nulidad (expediente 103/2016), el caso ahora se encuentra en el Tribunal Fiscal Administrativo de Hidalgo, que preside Octavio Chávez Bustos, en busca de que resuelva la procedencia del recurso de revisión interpuesto ante la STH, así como “suplir las deficiencias de los agravios”.
El jurista confía en que existen elementos para obtener un fallo favorable por parte de los magistrados, que defienda los intereses de una persona de la tercera edad, pues aparte de lo legal, menciona, se trata incluso de una cuestión “humanitaria”.
“El tribunal deberá tomar en cuenta las pruebas y proteger a una persona mayor que se queda sin sustento. Hay argumentos legales”.
En tanto, Aurelio ha dejado de percibir entre “10 mil o 12 mil pesos mensuales desde que le quitaron las placas y la tarjeta de circulación”: más de 100 mil pesos, añade su hija.
Aunque no busca reparo económico ni castigo por las irregularidades que, insiste, cometieron funcionarios de la subsecretaría que encabeza el exsecretario de Seguridad Pública de Pachuca, dice con firmeza: “Si hubiera una sanción para ellos, estaría bien”, pues explica que sólo “quiero que le regresen la concesión a mi padre”.
Y advierte: “La corrupción (en la dependencia) sigue ahí”.
Por ahora, con los males físicos que lo achacan permanentemente y tras haber pasado el luto familiar, Aurelio espera una resolución judicial para recuperar el patrimonio que hace más de 25 años adquirió junto con su esposa.
ENGAÑO
…Rosa Carreón añade que fue “engañada” por la directora de Normatividad, Operación y Evaluación de la subsecretaría, pues cuando requirió la entrega de las placas 52-88-FUE, asegura, dijo que el recurso de reconsideración sería favorable para su padre.
“NO HAY PLEITO”
El abogado afirma que “no hay pleito” entre los deudos por la posesión de los derechos para el servicio de transporte público, pues, incluso, la viuda de Alfonso Carreón, Rosa María Vega, en su declaratoria ante la STH, como consta en el proceso administrativo PA/SST/DG/002/2015, señaló estar de acuerdo con que la dependencia dispusiera de la concesión con expediente 61-11-15-036-C.
Arrollo Anaya sostiene que, además, la hija del occiso manifestó que “por ella, que se cancelara”, postura que, considera, utilizó la subsecretaría para rescindir la concesión.
Entre las personas citadas a declararpor la subsecretaría se encuentra Víctor Cortez Montaño, presidente de Sitios y Rutas Unidos de Tepeapulco y CD Sahagún, quien dio fe de que Alfonso representaba legalmente a su madre como dueña de la concesión, facultado para realizar sustitución vehicular, pago de tenencia, anualidad y revista. Todos los trámites, dijo, avalados por la poseedora, Rufina Alvarado, bajo huella dactilar.
De esta manera, añade el jurista, se desestima que Candelario Carreón haya hecho uso del documento notarial por el cual la STH resolvió rescindir la concesión. Además, dice, prueba a quién pertenecían las placas del transporte público.