La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la demanda de Acción de Inconstitucionalidad por la porción normativa del artículo 4 de la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes expedida mediante el Decreto Número 341.
El pasado mes de mayo la LXIV Legislatura del Congreso del Estado dio a conocer la nueva Ley de Educación del Estado de Aguascalientes, en la que en su artículo 4° establece que… “la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones.”; acción conocida como Pin Parental.
La Comisión ha sido receptora de las diversas expresiones de grupos sociales que se generaron luego de darse a conocer la nueva ley, expresiones a favor o en contra, todas ellas con la misma importancia y validez en su argumento en la búsqueda de validar o invalidar la norma según sus convicciones, señala el comunicado emitido por el organismo garante de los derechos humanos.
Por lo anterior, la CDHEA reconoce plenamente como único y último interprete constitucional a la a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siendo ésta en su carácter de Tribunal Constitucional de nuestro país, quien defina si la norma cuestionada contraviene o no a la constitución, y si transgrede o no un derecho humano.