La justicia de EEUU continúa presionando en el caso de las deportaciones hacia El Salvador

El juez James E. Boasberg afirmó que la información es esencial para evaluar si los aproximadamente 200 hombres deportados en marzo permanecen bajo custodia efectiva de Estados Unidos.

Un tribunal de distrito de los Estados Unidos emitió nuevas resoluciones judiciales para determina si unos 200 venezolanos y salvadoreños deportados en marzo hacia El Salvador deben ser devueltos a territorio norteamericano y si la administración del presidente Donald Trump tiene siquiera el poder de devolverlas.

Las ordenes fueron emitidas por el juez de distrito estadounidense James Boasberg, quien ya había ordenado previamente la suspensión de dichas deportaciones mientras estudiaba el caso, pero los migrantes fueron deportados ese mismo día.

El 16 de abril, el juez dictaminó que el gobierno federal podría ser declarado culpable de desacato penal por ignorar la orden de suspensión.

El 15 de marzo, 137 migrantes venezolanos fueron enviados a la cárcel conocida como CECOT, acusados ​​de pertenecer a pandillas. Muchos de los detenidos niegan esta acusación.

El juez de distrito James E. Boasberg y el presidente de EEUU, Donald Trump

La administración Trump utilizó la Ley de Enemigos Extranjeros, una ley de guerra del siglo XVIII utilizada para internar a ciudadanos japoneses, alemanes e italianos durante la Segunda Guerra Mundial.

El juez está considerando si los deportados y ahora recluidos en la cárcel de máxima seguridad del CECOT deberían ser devueltos y cómo podría llevarse a cabo este proceso. La Unión Estadounidense por las Libertades Civiles insta a Boasberg a solicitar su regreso.

Las resoluciones de esta semana

Boasberg ordenó el 7 de mayo que el tribunal necesita más información de la administración Trump para evaluar si los hombres deportados permanecen bajo custodia efectiva de Estados Unidos, lo que significa que está evaluando hasta qué punto Estados Unidos tiene el poder de traerlos de regreso a Estados Unidos.

También solicitó una investigación “acelerada” para poder determinar si el caso debería seguir adelante.

En esta orden, también autorizó a quienes desde El Salvador se unan a los demandantes iniciales en el caso, el derecho a usar seudónimos para permanecer anónimos.

“Los peticionarios han logrado demostrar que sus preocupaciones por la privacidad y la seguridad superan el interés presuntivo y sustancial del público en conocer sus identidades”, señala la orden.

Los plazos del juez

En una presentación del 8 de mayo, Boasberg describió el proceso y los plazos en que debe ser presentada esta información.

Señaló que, antes del 9 de mayo, los demandados “deberán presentar cualquier declaración que deseen proporcionar sobre si Estados Unidos tiene la custodia constructiva del grupo que está prisionero en el CECOT”.

Agregó que antes del 12 de mayo “los peticionarios deberán presentar al Tribunal una notificación indicando si desean solicitar un descubrimiento jurisdiccional y, de ser así, el descubrimiento específico que se proponen proponer”.

Para el 14 de mayo: “Los demandados deberán presentar cualquier respuesta a la propuesta de información de los peticionarios”, ordenó.

En su orden del 7 de mayo, Boasberg escribió: “En consecuencia, el Tribunal ORDENA que: 1. Se CONCEDE la Moción de los peticionarios [113] para presentar bajo seudónimo”.

En su orden del 8 de mayo, Boasberg escribió: “Ahora llega la última entrega de esta demanda compleja y a veces de rápida evolución que desafía la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros por parte del presidente Trump”.

El proceso de presentación de información continuará hasta el 14 de mayo, según lo describe la orden de Boasberg.

Mientras tanto, Estados Unidos ha solicitado al Tribunal de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia que anule la orden de desacato de Trump. El tribunal de apelaciones aún no ha emitido su fallo.

Con información de Newsweek Internacional
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