La Asamblea Legislativa aprobó una ley transitoria de amnistía fiscal en favor de personas o empresas que enfrentan problemas con el fisco.
La medida busca exonerarlas del pago de intereses, recargos y multas por procesos abiertos por diferentes motivos en temas de infracciones de tránsito, aduanas, impuestos sobre la renta u otros.
A la amnistía fiscal 2024 podrán aplicar los contribuyentes que presentaron su declaración ante Hacienda hasta el 31 de julio de 2024 que consideran que no declararon correctamente sus ingresos e impuestos; en este caso, se exonerarían multas, recargos por intereses o cargos adicionales.
Además, el beneficio puede ser aplicado a empresarios que retuvieron el impuesto sobre la renta a sus trabajadores, pero no lo entregaron a Hacienda. En estos casos, se explicó que deberán entregar el monto que hayan retenido pero que se les exonerará la multa respectiva por el cometimiento de la falta.
También exonerará multas en deudas con la administración pública, como en la Corte de Cuentas de la República, pero no en municipalidades.
El decreto incluye la posibilidad de que haya “desistimientos parciales” y no solo totales en procesos judiciales “a diferencia de cómo estaba la amnistía anterior”, es decir que el contribuyente podrá desistir parcialmente de un proceso contencioso, por ejemplo, y cumpla con el pago parcial de los tributos.
La iniciativa fue presentada el pasado 27 de agosto en la Asamblea y se envió a la comisión de hacienda, cuyos diputados recibieron a un representante de la Dirección General de Impuestos Internos, Marvin Soto, para explicar los detalles de la normativa.
Soto indicó que los beneficios aplicarán para personas que tengan procesos iniciados en la Dirección General de Tránsito, Dirección General de Impuestos Internos, Dirección General de Aduanas o inclusive ante la Fiscalía General de la República. Estos últimos casos son los de las personas acusadas de evasión de impuestos.
“Todos aquellos que deseen ampararse y cuyos procesos estén en la Dirección General de Impuestos Internos y se encuentre en firme el informe, casos de audiencias y tasaciones, juzgados de aduanas, juzgados y salas contenciosos, e incluso en FGR, que ya es otra sede, pueden ampararse en esta amnistía que estamos solicitando”. Marvin Soto, Dirección General de Impuestos Internos
Sin embargo, fue enfático en explicar que la iniciativa no perdona multas de tránsito, sino solo los intereses que estas generan cuando caen en un impago. Asimismo, explicó otros casos de personas que puedan beneficiarse de la ley a aprobar.
El plazo de la aplicación a la amnistía sería 90 días calendario. La Dirección General de Tesorería (DGT) del Ministerio de Hacienda otorgará hasta un máximo de nueve cuotas para poder pagar a plazos y la primera de ellas sería del 10 % del monto adeudado.