La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este martes la exención del pago del Impuesto sobre la Renta a los aguinaldos que los trabajadores públicos y privados reciben como compensación de fin de año hasta por un monto de $1,500.
El pago de aguinaldo lo establece por ley el Código de Trabajo y el beneficio de que se pague exento de impuestos ya fue implementada en años anteriores con el mismo monto límite.
Se trata de una disposición especial que declara con renta no gravable el aguinaldo al que se refiere el código y la ley sobre la compensación adicional en efectivo, hasta un límite de $1,500.
El ministro de Hacienda, Jerson Posada, explicó que los aguinaldos superiores a ese monto estarán sujetos a la retención y pago del impuesto, deduciendo el valor no gravable.
Es una medida “de carácter oportuno, necesario y responsable en materia de orden fiscal, cuyo propósito está orientado a mantener una razonable estabilidad en la economía de las familias salvadoreñas, logrando de esta manera favorecer la capacidad adquisitiva de las familias”. dijo el ministro.
Según el decreto aprobado, la ley establece como renta no gravable los aguinaldos hasta un monto máximo de dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios, es decir, hasta $730.
La iniciativa consideró viable ampliar el beneficio para que tenga mayor alcance en la población asalariada.