El presidente estadounidense Donald Trump recibió su primer revés en su nuevo mandato. Un juez federal bloqueó temporalmente la orden ejecutiva que ponía fin a la ciudadanía automática para todos los bebés que nacen en Estados Unidos, uno de sus primeros ataques contra la inmigración.
Trump ha firmado una controvertida orden ejecutiva que pone fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento para ciertos niños nacidos en Estados Unidos, pero un juez federal la bloqueó temporalmente calificándola de “flagrantemente inconstitucional”.
La demanda es una de las más de siete que se han presentado contra Trump o su administración desde que asumió el cargo. Dieciocho estados y dos ciudades también han demandado al presidente en un caso separado, alegando que su orden ejecutiva es inconstitucional.
Poner fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento para los hijos de inmigrantes indocumentados se ha convertido en una parte clave de la dura agenda de inmigración de la administración.
¿Qué es la ciudadanía por derecho de nacimiento?
La ciudadanía por nacimiento es el derecho legal de las personas nacidas en un país a adquirir la ciudadanía independientemente de la nacionalidad o el estatus legal de sus padres.
La Constitución establece: “Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y del estado en el que residen. Ningún estado promulgará ni aplicará ley alguna que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún estado privará a ninguna persona de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni negará a ninguna persona dentro de su jurisdicción la protección igualitaria de las leyes”.
¿Qué dice la orden ejecutiva de Trump?
La orden ejecutiva ordena a las agencias gubernamentales que dejen de emitir documentación de ciudadanía a los bebés nacidos en Estados Unidos a menos que al menos uno de sus padres sea ciudadano estadounidense o residente permanente. Parece estar dirigida específicamente a los hijos de inmigrantes indocumentados y a aquellos cuyos padres tienen visas temporales.
Dice: “La Decimocuarta Enmienda nunca ha sido interpretada como una extensión universal de la ciudadanía a todas las personas nacidas en los Estados Unidos. La Decimocuarta Enmienda siempre ha excluido de la ciudadanía por derecho de nacimiento a las personas que nacieron en los Estados Unidos pero no “sujetas a su jurisdicción”.
En consonancia con esta interpretación, el Congreso ha especificado además mediante legislación que “una persona nacida en los Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción” es nacional y ciudadana de los Estados Unidos al nacer, 8 USC 1401, que en términos generales refleja el texto de la Decimocuarta Enmienda.
“Entre las categorías de personas nacidas en los Estados Unidos y no sujetas a su jurisdicción, el privilegio de la ciudadanía estadounidense no se extiende automáticamente a las personas nacidas en los Estados Unidos: (1) cuando la madre de esa persona estaba presente ilegalmente en los Estados Unidos y el padre no era ciudadano de los Estados Unidos ni residente permanente legal en el momento del nacimiento de dicha persona, o (2) cuando la presencia de la madre de esa persona en los Estados Unidos en el momento del nacimiento de dicha persona era legal pero temporal (como, entre otros, visitar los Estados Unidos bajo los auspicios del Programa de Exención de Visas o visitar con una visa de estudiante, trabajo o turista) y el padre no era ciudadano de los Estados Unidos ni residente permanente legal en el momento del nacimiento de dicha persona.
¿Por qué un juez bloqueó la orden ejecutiva?
La demanda de Washington, Arizona, Illinois y Oregón dice que el presidente “no tiene autoridad para enmendar la Constitución o reemplazar la concesión de ciudadanía de la Cláusula de Ciudadanía a individuos nacidos en los Estados Unidos”.
Continúa: “Tampoco está facultado por ninguna otra disposición constitucional o ley para determinar a quién se le concederá o no la ciudadanía de los Estados Unidos al nacer”.
El juez de distrito estadounidense John Coughenour otorgó una orden de restricción temporal que impide a Trump cumplir su orden.
“Me cuesta entender cómo un miembro del Colegio de Abogados puede afirmar de manera inequívoca que se trata de una orden constitucional”, dijo Coughenour a un abogado que representa a la administración Trump, según el Washington State Standard . “Me deja perplejo”.
El medio informó que Coughenour tomó su decisión después de menos de media hora de argumentos de la administración Trump y los abogados del estado de Washington.
¿Se llevará adelante la orden ejecutiva?
Si bien los futuros presidentes pueden revocar las órdenes ejecutivas, enmendar la Constitución requiere apoyo bipartidista.
Poner fin a la ciudadanía or derecho de nacimiento mediante una enmienda constitucional sería un proceso complejo si no bastara con una orden ejecutiva. Para proponer una enmienda, se necesita una mayoría de dos tercios en la Cámara de Representantes y el Senado , seguida de la ratificación de 38 legislaturas estatales.
Es probable que la Corte Suprema de Estados Unidos revise la orden ejecutiva de Trump sobre la ciudadanía por derecho de nacimiento.
A pesar de la mayoría conservadora de 6-3 en la corte, incluidos tres jueces designados por Trump, la mayoría de los expertos legales creen que el lenguaje claro de la Decimocuarta Enmienda dificulta que la orden ejecutiva resista los desafíos legales.
Con información de Newsweek Internacional