El Tribunal Electoral de Hidalgo de (TEEH) ordenó al órgano comicial local modificar el acuerdo CG/057/2017 a fin de garantizar la participación de indígenas en la postulación de las candidaturas por parte de los partidos políticos en tres distritos locales.
En el juicio para la protección de los derechos político-electorales con expediente JDC-240/2017, Gilberto Cortés Novoa, autodenominado indígena, argumentó que el acuerdo del pasado 21 de diciembre del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Hidalgo no garantiza el acceso de personas en esta condición para la postulación de candidaturas.
El órgano administrativo contemplaba que las agrupaciones registraran un perfil con estas características sólo en uno de los tres distritos cuya población de origen étnico es mayor a 70 por ciento: Ixmiquilpan, Huejutla y San Felipe Orizatlán, lo que resultaba insuficiente para garantizar su acceso a un cargo público, explicó el magistrado ponente Jesús Raciel García Ramírez.
Por ello, el tribunal mandató al IEE que ordene a los partidos postular a personas de comunidades originarias en las tres demarcaciones electorales; además, que adopte medidas y sanciones para aquellos que actúen de manera contraria.
El instituto será responsable de certificar el criterio de adscripción indígena calificada; es decir, la persona que se postule deberá justificar y comprobar su pertenencia y vínculo al pueblo originario al que pretende representar. También, tendrá que atender el principio de paridad de género.
El pleno del ente jurisdiccional acordó que el resolutivo sea difundido a través de spots radiofónicos e infografías en las lenguas maternas náhuatl y hñähñü.
DERECHOS
De acuerdo con el magistrado Raciel García Ramírez, con este caso se garantiza que la población indígena participe de la vida política en el estado.
Una vez notificado, el organismo tendrá 24 horas para modificar el acuerdo.