La falta de regulación de la propaganda electoral en internet salvó a Martín Orozco Sandoval (PAN), virtual ganador de la gubernatura de Aguascalientes, de que se revocara su exoneración por actos anticipados de campaña y se ordenara emitir una nueva sentencia.
Al resolver el juicio de revisión interpuesto por el PRI contra la sentencia de la Sala Administrativa y Electoral de Aguascalientes que desechó esa acusación contra el panista, La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de propaganda en redes sociales y sitios web no puede considerarse acto de campaña porque no está legalmente tipificado como tal.
“No está a debate que emergió este video un día antes o unas horas antes del inicio de las campañas políticas”, advirtió el presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza. Incluso, en la sentencia, el Trivunal determinó que la SAE “realizó una incorrecta valoración probatoria” que daba elementos para revocar su resolución.
Sin embargo, dado el avance en el calendario electoral, el Trife atrajo la resolución y determinó que la difusión de los videos no podía considerarse acto anticipado por tratarse de plataformas en las que la comunicación política no está regulada.
La falta de este andamiaje, argumentó, “nos impone a nosotros hacer interpretaciones en uno u otro sentido para ver si hay transgresiones al modelo de comunicación política”.
Carrasco Daza advirtió que es necesario un marco jurídico que regule la comunicación política en internet, “no como el modelo que resguarde a la Constitución en radio y televisión, sino que, a través de medios de difusión o medios de comunicación o medios de interactuación (sic.), como al final es internet, se pueden dar violaciones dentro de las campañas políticas o antes de las campañas políticas por actos anticipados”.
El magistrado Pedro Esteban Penagos se dijo en contra de regular internet porque, evaluó, favorece un debate más amplio. Los mensajes difundidos a través de plataformas digitales, opinó, no deben ser considerados como conductas ilegales.
“No existe regulación expresa y espero que no exista porque, lo que sucede con las redes sociales, simple y sencillamente es el ejercicio del derecho a la libertad de expresión (…) En lo que debemos estar pendientes es que no se trate de publicidad pagada en medios de comunicación digital”, razonó.